El tope para reducir IRPF con planes de pensiones individuales lleva años en 1.500 €, pero miles de contribuyentes siguen aportando como si todavía fuera 2021, cuando el límite era de 8.000 €. Pasarse no solo no te ahorra IRPF: puede hacer que pagues impuestos dos veces por el mismo dinero cuando rescates el plan. Esto es lo que tienes que revisar antes de confirmar tu borrador en Renta Web.
El tope que muchos siguen ignorando
El cambio no es de este año, pero su efecto sigue muy vivo. Desde el ejercicio 2022, las aportaciones a planes de pensiones individuales dejaron de tener el tope histórico de 8.000 € y se desplomaron primero a 2.000 € y después a 1.500 € anuales. En la Renta 2025 ese sigue siendo el límite máximo que puede reducir tu base imponible general.
| Año fiscal | Tope plan individual |
|---|---|
| Hasta 2020 | 8.000 € |
| 2021 | 2.000 € |
| 2022 en adelante | 1.500 € |
Hay una excepción concreta: los planes de pensiones de empleo (los que aporta tu empresa) pueden sumar hasta 8.500 € adicionales, siempre que la contribución empresarial sea al menos igual a la del trabajador. Combinando individual + empleo se puede llegar a 10.000 €. La mayoría de contribuyentes solo dispone del individual y se queda en los 1.500 €.
¿A quién afecta?
- Trabajadores y autónomos con plan de pensiones individual en banco o aseguradora.
- Personas que aportan por domiciliación mensual y no han revisado la cantidad desde 2021.
- Quienes hicieron aportaciones extraordinarias en 2025 confiando en reducir IRPF más allá de 1.500 €.
- Contribuyentes con plan individual + plan de empleo que no tienen claro cómo se combinan los topes.
- Cónyuges que aportan al plan del otro: el tope adicional bajó también a 1.000 € anuales, condicionado a que el cónyuge no obtenga rendimientos del trabajo o actividades económicas superiores a 8.000 €.
Qué hacer si te has pasado del tope
- Pide tu certificado de aportaciones: la entidad gestora lo emite cada año con el total aportado en 2025. Compáralo con el límite de 1.500 € (o con el que te corresponda si tienes plan de empleo).
- Si el total supera el tope, el exceso no reduce IRPF. Si lo dejas dentro del plan sin corregir, tributarás de nuevo por ese mismo dinero al rescatarlo. Es la temida doble tributación del exceso de aportación.
- Tienes dos vías legales para evitarlo:
- Solicitar la devolución del exceso a tu gestora antes del 30 de junio de 2026 (Art. 36 Reglamento IRPF).
- Aplazar la reducción a los 5 ejercicios siguientes marcando esa opción en la declaración (Art. 52.2 Ley IRPF). Útil si en 2025 tu base general no daba para absorber la aportación entera.
- Revisa el borrador: confirma que la reducción aplicada coincide con tu aportación real y no excede el tope. Renta Web no te avisa si te pasas: simplemente recorta la reducción al máximo legal y deja el exceso "atrapado".
- Si tienes plan de empleo, pide a tu departamento de RR. HH. el desglose de aportaciones empresariales del año para no rebasar los 8.500 € adicionales.
30 de junio de 2026: la fecha clave
Si en 2025 aportaste por encima del tope, tienes hasta el cierre de la campaña para pedir la devolución del exceso a tu gestora. Pasada esa fecha, el dinero queda atrapado en el plan y volverás a tributar por él cuando lo rescates.
Plan individual vs plan de empleo
Mucha confusión nace de mezclar ambos productos. Estos son los topes 2025 vigentes:
| Producto | Tope tuyo | Tope empresa | Tope total |
|---|---|---|---|
| Plan individual | 1.500 € | — | 1.500 € |
| Plan de empleo | Hasta igualar a la empresa | 8.500 € | 10.000 € combinados |
| Aportación al cónyuge | 1.000 € adicionales | — | Cónyuge con ingresos ≤ 8.000 € |
El plan de empleo solo está disponible si tu empresa lo ofrece. No es algo que puedas contratar por libre en un banco.
Por qué la AEAT no te avisa
La AEAT vuelca los datos de tus aportaciones en el borrador, pero no comprueba si te has pasado del tope. Aplica directamente el límite legal en la reducción y deja la diferencia "fuera de la deducción". Es responsabilidad del contribuyente identificar el exceso y decidir cómo gestionarlo: devolución por la gestora o aplazamiento a futuros ejercicios.
Consejo clave
Pon una alerta en el calendario para revisar cada enero el certificado de aportaciones del año anterior. Detectar el exceso a tiempo te permite elegir entre devolución o aplazamiento — esperar a junio reduce las opciones a la mitad.
Contexto normativo
La rebaja del tope se aprobó en la Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2022 (BOE de 29 de diciembre de 2021), que modificó el Art. 51 y la Disposición Adicional 16ª de la Ley del IRPF. La medida buscaba potenciar los planes de empleo frente a los individuales. Tras la reforma, las aportaciones a planes individuales se han desplomado, pero muchos contribuyentes mantienen domiciliaciones automáticas anteriores al cambio y no han ajustado la cantidad. Para una visión más amplia de la campaña, consulta nuestra guía sobre las fechas clave de la Renta 2025.