Cómo tributan los dividendos, intereses y seguros de vida
Rendimientos del capital mobiliario en el IRPF 2025 — qué son, cómo se clasifican y qué gastos puedes deducir.
B2 Base del ahorro
[0049]Opción de imputar derechos de autor al devengo
= Retenciones
[0597]Total retenciones e ingresos a cuenta (pág. 21)
Los ingresos que genera tu dinero invertido — dividendos, intereses, seguros — tributan generalmente en la base del ahorro, que tiene tipos más bajos que la tarifa general.
¿A quién afecta?
- Si tienes acciones y recibes dividendos → tributan en la base del ahorro al 19–30%.
- Si tienes depósitos o bonos con intereses → también van a la base del ahorro; los gastos de custodia son deducibles.
- Si has cobrado un seguro de vida de capital diferido → el rendimiento es la diferencia entre lo cobrado y las primas pagadas.
- Si tienes una renta vitalicia → solo tributa un porcentaje de cada anualidad según tu edad al constituirla.
- Si cedes patentes, marcas o la imagen de tu empresa → va a la base general, no a la del ahorro.
Según tu situación
El resultado varía según el origen del rendimiento:
| Situación | Base | Tipo retención |
|---|---|---|
| Dividendos, participaciones en beneficios | Ahorro | 19% |
| Intereses de depósitos y bonos | Ahorro | 19% |
| Seguros de vida capital diferido | Ahorro | 19% |
| Rentas vitalicias inmediatas | Ahorro (% de la anualidad) | 19% |
| Cesión de derechos de imagen a terceros | General | Variable |
| Arrendamiento de negocio en marcha | General | Variable |
| Propiedad intelectual (distinto del autor) | General | Variable |
| Préstamo a entidad vinculada — exceso 3× fondos propios | General | Variable |
Dividendos, participaciones en beneficios
Base Ahorro
Tipo retención 19%
Intereses de depósitos y bonos
Base Ahorro
Tipo retención 19%
Seguros de vida capital diferido
Base Ahorro
Tipo retención 19%
Rentas vitalicias inmediatas
Base Ahorro (% de la anualidad)
Tipo retención 19%
Cesión de derechos de imagen a terceros
Base General
Tipo retención Variable
Arrendamiento de negocio en marcha
Base General
Tipo retención Variable
Propiedad intelectual (distinto del autor)
Base General
Tipo retención Variable
Préstamo a entidad vinculada — exceso 3× fondos propios
Base General
Tipo retención Variable
🟡 Préstamos a entidades vinculadas (participación ≥ 25%): La parte que no supera 3 veces los fondos propios de la entidad (en proporción a tu participación) va a la base del ahorro. El exceso va a la base general.
Cifras clave
| Concepto | Importe | Condición |
|---|---|---|
| Tipo de retención general | 19% | Todos los rendimientos del capital mobiliario |
| Rendimiento estimado sin retribución pactada | 3,25% | Tipo de interés legal del dinero 2025 |
| Reducción por irregularidad | 30% | Período de generación > 2 años, imputado en un ejercicio |
| Límite base para reducción del 30% | 300.000 €/año | Máximo sobre el que se aplica |
| Límite capitales diferidos pre-1994 con reducción transitoria | 400.000 € | Contratos de seguro anteriores a 31/12/1994 |
| Reducción transitoria por prima pre-1994 | 14,28% por año | Hasta 31/12/1994, máximo 100% si > 6 años |
Tipo de retención general
Importe 19%
Condición Todos los rendimientos del capital mobiliario
Rendimiento estimado sin retribución pactada
Importe 3,25%
Condición Tipo de interés legal del dinero 2025
Reducción por irregularidad
Importe 30%
Condición Período de generación > 2 años, imputado en un ejercicio
Límite base para reducción del 30%
Importe 300.000 €/año
Condición Máximo sobre el que se aplica
Límite capitales diferidos pre-1994 con reducción transitoria
Importe 400.000 €
Condición Contratos de seguro anteriores a 31/12/1994
Reducción transitoria por prima pre-1994
Importe 14,28% por año
Condición Hasta 31/12/1994, máximo 100% si > 6 años
Porcentaje de renta vitalicia inmediata que tributa (según edad al constituirla):
| Edad al constituir la renta | % que tributa |
|---|---|
| Menos de 40 años | 40% |
| 40 a 49 años | 35% |
| 50 a 59 años | 28% |
| 60 a 65 años | 24% |
| 66 a 69 años | 20% |
| 70 o más años | 8% |
Menos de 40 años
% que tributa 40%
40 a 49 años
% que tributa 35%
50 a 59 años
% que tributa 28%
60 a 65 años
% que tributa 24%
66 a 69 años
% que tributa 20%
70 o más años
% que tributa 8%
Porcentaje de renta temporal inmediata que tributa (según duración):
| Duración de la renta | % que tributa |
|---|---|
| Hasta 5 años | 12% |
| Entre 5 y 10 años | 16% |
| Entre 10 y 15 años | 20% |
| Más de 15 años | 25% |
Hasta 5 años
% que tributa 12%
Entre 5 y 10 años
% que tributa 16%
Entre 10 y 15 años
% que tributa 20%
Más de 15 años
% que tributa 25%
Lo que debes saber
- Base del ahorro vs. base general: La mayoría de los rendimientos del capital mobiliario van a la base del ahorro (tipos 19–30%); solo unos pocos casos especiales van a la base general.
- Gastos deducibles muy limitados: En intereses y bonos, solo puedes deducir los gastos de administración y depósito de valores negociables. Las comisiones de gestión de carteras no son deducibles.
- Seguros de vida: El rendimiento es la diferencia entre lo que cobras y las primas que pagaste. Si lo cobras en forma de renta, solo tributa un porcentaje de cada anualidad.
- PIAS: Si se constituye efectivamente una renta vitalicia cumpliendo los requisitos legales, la rentabilidad acumulada hasta ese momento queda exenta.
- Unit linked: Si el tomador puede modificar libremente los activos (no solo elegir entre cestas de la aseguradora), se imputa la rentabilidad anualmente aunque no se haya cobrado.
🔴 Rendimiento estimado en préstamos sin retribución pactada: Si prestas dinero sin acordar intereses, Hacienda presume que existe rendimiento y lo valora al tipo legal del dinero (3,25% en 2025). Esto aplica salvo prueba en contrario.
🟡 Distribución de prima de emisión y reducción de capital: El tratamiento fiscal depende de si los valores cotizan o no en mercados regulados de la UE, y puede tributar como rendimiento del capital mobiliario cuando supera los beneficios no distribuidos.
🔵 Obligaciones bonificadas: La retención efectiva es del 1,2%, pero el contribuyente puede deducir también la retención teórica no practicada (hasta el 19% total).
Texto oficial
📄 Fuente oficial — AEAT · Manual práctico de Renta 2025 (reproducción literal, efectos informativos).
¿Qué son los rendimientos del capital mobiliario?
Son todas las utilidades o contraprestaciones —en dinero o en especie— que provengan de bienes o derechos de naturaleza mobiliaria (no inmobiliaria) de los que seas titular, siempre que no estén afectos a una actividad económica.
🔵 Importante: Las acciones y los préstamos a terceros nunca se consideran elementos afectos a una actividad económica, aunque desarrolles actividades empresariales.
Lo que no son rendimientos del capital mobiliario:
- Acciones liberadas entregadas por la empresa (tienen otro tratamiento)
- Dividendos de períodos en los que la entidad tributó como sociedad patrimonial
- La contraprestación por aplazamiento o fraccionamiento del precio en operaciones habituales de una actividad económica
- Rentas obtenidas por transmisión lucrativa por fallecimiento del contribuyente
Clasificación: ¿a qué base imponible va cada renta?
La Ley del IRPF divide los rendimientos del capital mobiliario en dos grupos según dónde se integran:
Rendimientos que van a la base imponible del ahorro:
| Tipo | Ejemplos |
|---|---|
| Participación en fondos propios de entidades | Dividendos, primas de asistencia a juntas, participaciones en beneficios |
| Cesión a terceros de capitales propios | Intereses de depósitos, cuentas, bonos y obligaciones |
| Seguros de vida e invalidez y operaciones de capitalización | Seguros de capital diferido, rentas vitalicias y temporales |
| Rentas derivadas de la imposición de capitales | Rentas vitalicias o temporales procedentes de depósitos de capital |
Participación en fondos propios de entidades
Ejemplos Dividendos, primas de asistencia a juntas, participaciones en beneficios
Cesión a terceros de capitales propios
Ejemplos Intereses de depósitos, cuentas, bonos y obligaciones
Seguros de vida e invalidez y operaciones de capitalización
Ejemplos Seguros de capital diferido, rentas vitalicias y temporales
Rentas derivadas de la imposición de capitales
Ejemplos Rentas vitalicias o temporales procedentes de depósitos de capital
Rendimientos que van a la base imponible general:
| Tipo | Ejemplos |
|---|---|
| Propiedad intelectual (perceptor distinto del autor) | Derechos de autor cedidos |
| Propiedad industrial | Marcas, patentes cedidas |
| Asistencia técnica | Conocimientos técnicos cedidos |
| Arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas | Alquiler de maquinaria, cesión de negocios en marcha |
| Subarrendamiento percibido por el subarrendador | Ingresos del inquilino que subarrienda |
| Cesión del derecho a la explotación de la imagen | Imagen cedida a terceros |
Propiedad intelectual (perceptor distinto del autor)
Ejemplos Derechos de autor cedidos
Propiedad industrial
Ejemplos Marcas, patentes cedidas
Asistencia técnica
Ejemplos Conocimientos técnicos cedidos
Arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas
Ejemplos Alquiler de maquinaria, cesión de negocios en marcha
Subarrendamiento percibido por el subarrendador
Ejemplos Ingresos del inquilino que subarrienda
Cesión del derecho a la explotación de la imagen
Ejemplos Imagen cedida a terceros
Rendimientos por participación en fondos propios
(Art. 25.1 Ley IRPF)
Se incluyen aquí:
- Dividendos, primas de asistencia a juntas y participaciones en beneficios de cualquier tipo de entidad
- Rendimientos de activos que faculten para participar en beneficios, ventas o ingresos de la entidad
- Rendimientos de la constitución o cesión de derechos de uso sobre acciones y participaciones
- Cualquier utilidad derivada de la condición de socio, accionista o partícipe
Distribución de prima de emisión y reducción de capital con devolución de aportaciones:
El tratamiento fiscal depende de si los valores cotizan o no en mercados regulados de la UE. En ambos casos, la distribución puede tributar como rendimiento del capital mobiliario cuando supera determinados límites relacionados con los beneficios no distribuidos.
Rendimientos por cesión a terceros de capitales propios
(Art. 25.2 Ley IRPF)
Aquí entran los intereses y demás rendimientos pactados o implícitos por prestar tu dinero:
- Intereses de cuentas corrientes y depósitos a plazo
- Intereses y otros rendimientos de obligaciones, bonos y títulos de renta fija
- Intereses de préstamos concedidos
- Rendimientos implícitos de activos financieros: Letras del Tesoro, Bonos y Obligaciones del Estado, participaciones preferentes, deuda subordinada
- Cesiones temporales de activos financieros y cesiones de créditos
Gastos deducibles en esta categoría:
Solo son deducibles los gastos de administración y depósito de valores negociables (los que cobran bancos y empresas de servicios de inversión por custodiar tus valores). No se puede deducir nada más — en particular, no son deducibles las comisiones de gestión discrecional de carteras.
Cómo se calcula el rendimiento neto:
(+) Rendimientos íntegros (intereses, rendimientos implícitos...)
(-) Gastos de administración y depósito de valores negociables
─────────────────────────────────────────────────────────────
(=) Rendimiento neto del capital mobiliario
Para activos financieros con rendimiento implícito (transmisión, amortización, canje o reembolso):
Rendimiento = Valor de enajenación o reembolso - Valor de adquisición o suscripción
Rendimientos estimados (sin retribución pactada):
Si prestas dinero o cedes bienes sin acordar retribución, se presume que existe rendimiento. En defecto de prueba en contrario, se valora al tipo de interés legal del dinero: 3,25% para el ejercicio 2025.
Caso especial: préstamos a entidades vinculadas:
Cuando el préstamo se realiza a una entidad vinculada (participación ≥ 25%), hay que distinguir:
- La parte del préstamo que no supera 3 veces los fondos propios de la entidad (en proporción a tu participación): va a la base del ahorro
- El exceso sobre ese límite: va a la base general
Rendimientos de seguros de vida e invalidez y operaciones de capitalización
(Art. 25.3 Ley IRPF)
Para que tributen como capital mobiliario es necesario que el tomador y el beneficiario sean la misma persona (salvo en seguros de invalidez con beneficiario acreedor hipotecario).
1. Capital diferido (prestación en forma de capital):
Rendimiento = Capital percibido - Suma de primas satisfechas por supervivencia
En seguros combinados (supervivencia + fallecimiento o incapacidad), si el capital en riesgo por fallecimiento no supera el 5% de la provisión matemática durante toda la vigencia, también puedes restar las primas del capital en riesgo por fallecimiento consumidas.
2. Rentas vitalicias inmediatas:
El rendimiento es una parte de cada anualidad, no la anualidad completa. El porcentaje depende de la edad en el momento de constituir la renta y permanece constante:
| Edad al constituir la renta | % de la anualidad que tributa |
|---|---|
| Menos de 40 años | 40% |
| 40 a 49 años | 35% |
| 50 a 59 años | 28% |
| 60 a 65 años | 24% |
| 66 a 69 años | 20% |
| 70 o más años | 8% |
Menos de 40 años
% de la anualidad que tributa 40%
40 a 49 años
% de la anualidad que tributa 35%
50 a 59 años
% de la anualidad que tributa 28%
60 a 65 años
% de la anualidad que tributa 24%
66 a 69 años
% de la anualidad que tributa 20%
70 o más años
% de la anualidad que tributa 8%
3. Rentas temporales inmediatas:
El porcentaje de la anualidad que tributa depende de la duración de la renta:
| Duración de la renta | % de la anualidad que tributa |
|---|---|
| Hasta 5 años | 12% |
| Entre 5 y 10 años | 16% |
| Entre 10 y 15 años | 20% |
| Más de 15 años | 25% |
Hasta 5 años
% de la anualidad que tributa 12%
Entre 5 y 10 años
% de la anualidad que tributa 16%
Entre 10 y 15 años
% de la anualidad que tributa 20%
Más de 15 años
% de la anualidad que tributa 25%
4. Rentas diferidas (vitalicias o temporales):
Se aplican los mismos porcentajes que en las inmediatas, más la rentabilidad acumulada durante el período de diferimiento. Esa rentabilidad se calcula como:
(Valor actual financiero actuarial de la renta - Primas satisfechas) ÷ Número de años de cobro (máx. 10)
5. Régimen especial por jubilación e invalidez:
Si el seguro fue contratado al menos dos años antes de la jubilación, no ha habido movilización de provisiones durante la vigencia y cubre las contingencias de los planes de pensiones, las rentas tributan solo por el exceso sobre las primas pagadas, repartido entre los años de cobro.
6. Extinción por rescate:
Si rescatas una renta temporal o vitalicia:
Rendimiento = Rescate + Rentas ya cobradas - Primas pagadas - Cuantías ya tributadas como RCM
Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS):
Los PIAS son seguros de vida individuales diseñados para constituir una renta vitalicia. Si se cumplen los requisitos legales (especialmente que el tomador, asegurado y beneficiario sean la misma persona y que se constituya efectivamente una renta vitalicia), la rentabilidad generada hasta la constitución de la renta queda exenta.
Régimen transitorio: seguros anteriores a 31 de diciembre de 1994:
Para contratos de seguro anteriores a esa fecha, existe un régimen transitorio que permite reducir parte del rendimiento generado antes del 20 de enero de 2006. El porcentaje de reducción es del 14,28% por cada año transcurrido entre el pago de la prima y el 31 de diciembre de 1994 (hasta un máximo del 100% si han pasado más de seis años). El límite conjunto de capitales diferidos con derecho a reducción es de 400.000 euros.
Otros rendimientos del capital mobiliario (base general)
Estos rendimientos tributan en la base imponible general, no en la del ahorro:
- Propiedad intelectual: solo cuando el perceptor es alguien distinto del autor original
- Propiedad industrial: cesión de patentes, marcas y similares
- Asistencia técnica: cesión de conocimientos o procedimientos técnicos
- Arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas: el alquiler de negocios en marcha (no solo el local) va aquí
- Subarriendo: lo que cobra el subarrendador (el inquilino que subarrienda a un tercero)
- Explotación de la imagen: cuando se cede el derecho a terceros para que la exploten comercialmente
Reducción por rendimientos irregulares (30%)
Se aplica una reducción del 30% cuando el rendimiento tiene un período de generación superior a dos años y se imputa en un único ejercicio, o cuando se trata de rendimientos notoriamente irregulares.
🟡 Límite: La base sobre la que se aplica el 30% no puede superar 300.000 euros anuales.
Unit Linked: seguros con riesgo de inversión asumido por el tomador
Los contratos de seguro en los que el tomador elige las inversiones se llaman "unit linked". Su tratamiento depende de si cumplen unas condiciones legales durante toda su vida:
- Si cumplen las condiciones (el tomador no puede modificar libremente los activos, solo elegir entre fondos o cestas predeterminadas por la aseguradora): tributan igual que los seguros de vida ordinarios
- Si no las cumplen: se imputa anualmente la rentabilidad al contribuyente, sin esperar al cobro
Retenciones
Los rendimientos del capital mobiliario están sujetos a retención a cuenta del 19% con carácter general.
Para obligaciones bonificadas (como las de autopistas de peaje), la retención efectiva es del 1,2%, pero el contribuyente puede deducir también la retención teórica que no se practicó (hasta el 19% total).
Preguntas frecuentes
¿Los intereses de mi depósito bancario tienen retención automática?
Sí. El banco aplica una retención del 19% directamente. Esa retención se descuenta de la cuota diferencial en tu declaración, por lo que es posible que tengas derecho a devolución si tu tipo efectivo es inferior.
¿Qué gastos puedo descontar de mis dividendos o intereses?
En intereses y bonos, solo los gastos de administración y depósito de valores negociables que te cobra el banco por custodiar tus valores. No puedes deducir comisiones de gestión de carteras. En dividendos, no hay gastos deducibles.
¿Cómo funciona la exención de los PIAS?
Si constituyes efectivamente una renta vitalicia con tu PIAS y el tomador, asegurado y beneficiario son la misma persona, la rentabilidad acumulada hasta ese momento queda exenta. Si lo rescatas antes de convertirlo en renta vitalicia, tributa como rendimiento del capital mobiliario normal.
Si contrato una renta vitalicia inmediata, ¿cuánto tributa cada anualidad?
Solo una parte de cada anualidad tributa como rendimiento del capital mobiliario (base del ahorro). El porcentaje se fija en el momento de constituir la renta, según tu edad en ese momento, y permanece constante toda la vida del contrato:
| Edad al constituir la renta | % que tributa |
|---|---|
| Menos de 40 años | 40% |
| 40-49 años | 35% |
| 50-59 años | 28% |
| 60-65 años | 24% |
| 66-69 años | 20% |
| 70 o más años | 8% |
Menos de 40 años
% que tributa 40%
40-49 años
% que tributa 35%
50-59 años
% que tributa 28%
60-65 años
% que tributa 24%
66-69 años
% que tributa 20%
70 o más años
% que tributa 8%
Por ejemplo, si contratas la renta con 70 años, solo el 8% de cada pago tributa el resto de tu vida. El tipo de retención aplicable a esa parte tributable es del 19%.
Normativa
- Art. 25 Ley IRPF — Rendimientos del capital mobiliario
- Art. 25.1 Ley IRPF — Rendimientos por participación en fondos propios
- Art. 25.2 Ley IRPF — Rendimientos por cesión a terceros de capitales propios
- Art. 25.3 Ley IRPF — Rendimientos de seguros de vida e invalidez