Deducciones más comunes en el IRPF

Conoce las principales deducciones que puedes aplicar en tu declaración de la renta: vivienda habitual, maternidad, familia numerosa, planes de pensiones, donativos, vehículos eléctricos y obras de eficiencia energética.

Modelo D-100 · Apartados O y S Deducciones más comunes

O Sobre la cuota íntegra

  • [0700][0701] Inversión en vivienda habitual (estatal + autonómico)
  • [0722][0725] Donativos

S Sobre la cuota diferencial

  • [0660][0661] Familia numerosa
  • [0662][0663] Ascendientes con discapacidad
  • [0248][0249] Cónyuge con discapacidad a cargo

Las deducciones del IRPF reducen directamente la cuota íntegra del impuesto. A continuación se recogen las principales que puede aplicar la mayoría de los contribuyentes.


Deducción por inversión en vivienda habitual (régimen transitorio)

Esta deducción fue suprimida para las viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de 2013. Los contribuyentes que adquirieron la vivienda antes de esa fecha y practicaron la deducción en ejercicios anteriores pueden continuar aplicándola.

Concepto Importe
Porcentaje de deducción 15 % de las cantidades satisfechas
Base máxima de deducción anual 9.040 euros
Deducción máxima anual 1.356 euros
  • Porcentaje de deducción

    Importe 15 % de las cantidades satisfechas

  • Base máxima de deducción anual

    Importe 9.040 euros

  • Deducción máxima anual

    Importe 1.356 euros

Conceptos que dan derecho a la deducción

  • Adquisición (incluye la amortización de la hipoteca, los intereses y los seguros vinculados)
  • Construcción o ampliación de la vivienda habitual
  • Rehabilitación (acreditada por certificado oficial)
  • Adaptación de la vivienda a personas con discapacidad

Deducción por maternidad

ℹ️ Guía operativa completa: este apartado resume el beneficio. Para los requisitos detallados, el modelo 140 de abono anticipado, el incremento por gastos de guardería y las casillas [0611] / [0612] / [0613], consulta Deducción por maternidad.

🟡 Dos conceptos distintos que no hay que confundir:

  • Exención (art. 7.h Ley IRPF): la prestación por nacimiento y cuidado del menor que paga la Seguridad Social durante la baja está exenta y no se declara.
  • Deducción (art. 81 Ley IRPF): 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años. Opera sobre la cuota diferencial.

Ver rendimientos-trabajoPrestaciones por maternidad / paternidad (exentas) para el detalle de la exención.

Para mujeres contribuyentes con hijos menores de 3 años con derecho al mínimo por descendientes que perciban prestaciones por desempleo o estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad con al menos 30 días cotizados. Desde el 1 de enero de 2023 ya no es necesario ejercer actividad por cuenta propia o ajena.

Concepto Importe
Deducción básica por hijo menor de 3 años 1.200 euros/año por hijo (equivalente a 100 €/mes)
Incremento por guardería o centro autorizado Hasta 1.000 euros adicionales/año por hijo
  • Deducción básica por hijo menor de 3 años

    Importe 1.200 euros/año por hijo (equivalente a 100 €/mes)

  • Incremento por guardería o centro autorizado

    Importe Hasta 1.000 euros adicionales/año por hijo

El pago anticipado se obtiene presentando el modelo 140 ante la AEAT (100 €/mes por hijo).


Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo

ℹ️ Guía operativa completa: este apartado resume las cinco figuras. Para los requisitos, modelo 143 de abono anticipado, cesión del derecho y regularización con los modelos 121/122, consulta Deducciones familiares y por discapacidad sobre la cuota diferencial.

Familia numerosa

Categoría Deducción anual
Familia numerosa general (3+ hijos) 1.200 euros
Familia numerosa especial (5+ hijos o condiciones excepcionales) 2.400 euros
Incremento por cada hijo adicional a partir del 4.º (general) o 6.º (especial) 600 euros adicionales
  • Familia numerosa general (3+ hijos)

    Deducción anual 1.200 euros

  • Familia numerosa especial (5+ hijos o condiciones excepcionales)

    Deducción anual 2.400 euros

  • Incremento por cada hijo adicional a partir del 4.º (general) o 6.º (especial)

    Deducción anual 600 euros adicionales

Personas con discapacidad a cargo

Concepto Deducción anual
Por cada descendiente con discapacidad ≥ 33 % con derecho al mínimo por descendiente 1.200 euros por persona
Por cada ascendiente con discapacidad ≥ 33 % con derecho al mínimo por ascendiente 1.200 euros por persona
Por cónyuge con discapacidad ≥ 33 %, no separado legalmente, sin rentas > 8.000 € 1.200 euros
  • Por cada descendiente con discapacidad ≥ 33 % con derecho al mínimo por descendiente

    Deducción anual 1.200 euros por persona

  • Por cada ascendiente con discapacidad ≥ 33 % con derecho al mínimo por ascendiente

    Deducción anual 1.200 euros por persona

  • Por cónyuge con discapacidad ≥ 33 %, no separado legalmente, sin rentas > 8.000 €

    Deducción anual 1.200 euros

Pago anticipado: puede solicitarse a través del modelo 143 (100 euros/mes por deducción).


Reducciones por aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión social

Las aportaciones a los sistemas de previsión social reducen la base imponible (no la cuota). Por tanto, su beneficio depende del tipo marginal de cada contribuyente.

Sistema Límite anual (2025)
Planes de pensiones individuales, PPA, mutualidades 1.500 euros
Aportación adicional si hay contribución empresarial al plan de empresa Hasta 8.500 euros adicionales
A favor del cónyuge (si ingresos del cónyuge < 8.000 €) Hasta 1.000 euros adicionales
  • Planes de pensiones individuales, PPA, mutualidades

    Límite anual (2025) 1.500 euros

  • Aportación adicional si hay contribución empresarial al plan de empresa

    Límite anual (2025) Hasta 8.500 euros adicionales

  • A favor del cónyuge (si ingresos del cónyuge < 8.000 €)

    Límite anual (2025) Hasta 1.000 euros adicionales

La reducción no puede superar el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.


Deducción por donativos

Para donativos a entidades sin fines lucrativos acogidas a la Ley 49/2002:

Importe del donativo Porcentaje de deducción
Primeros 250 euros 80 %
Exceso sobre 250 euros 40 %
Exceso sobre 250 euros (misma entidad, últimos 2 años, importe igual o superior) 45 %
  • Primeros 250 euros

    Porcentaje de deducción 80 %

  • Exceso sobre 250 euros

    Porcentaje de deducción 40 %

  • Exceso sobre 250 euros (misma entidad, últimos 2 años, importe igual o superior)

    Porcentaje de deducción 45 %

Base máxima: 10 % de la base liquidable.


Deducción por inversión en vehículos eléctricos (hasta el 31/12/2025)

Concepto Porcentaje Base máxima
Adquisición de vehículo eléctrico o de pila de combustible 15 % 20.000 € → máx. 3.000 € de deducción
Instalación de punto de recarga 15 % 4.000 € → máx. 600 € de deducción
  • Adquisición de vehículo eléctrico o de pila de combustible

    Porcentaje 15 %

    Base máxima 20.000 € → máx. 3.000 € de deducción

  • Instalación de punto de recarga

    Porcentaje 15 %

    Base máxima 4.000 € → máx. 600 € de deducción


Deducción por obras de eficiencia energética

Tipo de mejora Deducción Plazo
Reducción ≥ 7 % del consumo de energía primaria no renovable 20 % Hasta 31/12/2026
Mejora de la calificación energética (vivienda habitual: E→D o superior) 40 % Hasta 31/12/2026
Mejora de la calificación energética (edificio: E→C o superior) 60 % Hasta 31/12/2027
  • Reducción ≥ 7 % del consumo de energía primaria no renovable

    Deducción 20 %

    Plazo Hasta 31/12/2026

  • Mejora de la calificación energética (vivienda habitual: E→D o superior)

    Deducción 40 %

    Plazo Hasta 31/12/2026

  • Mejora de la calificación energética (edificio: E→C o superior)

    Deducción 60 %

    Plazo Hasta 31/12/2027


Cómo aplicar las deducciones: orden y límites

  1. Primero se aplican las deducciones sobre la cuota íntegra estatal (hasta agotarla, mínimo 0).
  2. Después se aplican las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica (hasta agotarla, mínimo 0).
  3. Por último, las deducciones sobre la cuota diferencial (maternidad, familia numerosa, discapacidad).

Las deducciones no aplicadas por insuficiencia de cuota no generan derecho a devolución, salvo las deducciones por maternidad y familia numerosa, que sí lo hacen (hasta el importe de las cotizaciones a la Seguridad Social pagadas).